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92 sentencias del TC sin ejecutar por el Gobierno y entidades privadas
Rall

92 sentencias del TC sin ejecutar por el Gobierno y entidades privadas

Al celebrar aniversario de la Alta Corte, su presidente dice que seguirá garantizando la nacionalidad. El presidente del Tribunal Constitucional, Milton Ray Guevara, durante su discurso. El presidente del Tribunal Constitucional (TC), Milton Ray Guevara, reveló que 92 de las sentencias de esa alta corte no son ejecutadas por instituciones del Gobierno, entidades autónomas y privadas, a las que otorgará un plazo para que cumplan sus decisiones que son definitivas e irrevocables y constituyen precedentes vinculantes para los poderes públicos y órganos del Estado. Durante una audiencia solemne por el décimo primer aniversario del TC, Ray Guevara sostuvo que 58 de las 92 sentencias no son cumplidas por los órganos del Estado y advirtió que transcurrido el plazo para que ejecuten los dictámenes harán público el listado con los responsables, los números de los fallos y las acciones a emprender. “Resulta difícil entender que, del número ya señalado, 58 casos de ineficiencia corresponden a entidades del Gobierno Central y entes autónomos”, se lamentó. Dijo que el tribunal cuenta con una Unidad de Seguimiento para la ejecución de sentencias (USES), creada mediante resolución el pasado año. No identificó las decisiones que no se ejecutan por el Gobierno y entidades privadas. Asignatura pendiente en las escuelas  En un discurso en el que destacó los logros del TC en sus más de diez años y ante personalidades de los diferentes sectores de la vida nacional, Ray Guevara se quejó también de que todavía esté pendiente en las escuelas la asignatura, desde el nivel inicial a la secundaria, la enseñanza de la Constitución para que los niños y jóvenes conozcan sus derechos y garantías y exijan su cumplimiento.  “Educar en Constitución es allanar el camino para construir, desde el primer día de escolaridad, ciudadanos aferrados al cumplimiento de sus deberes, conscientes de sus derechos y capaces de exigir, cuando sea necesario, a través de las garantías el respeto y el reconocimiento de sus derechos”, dijo. Por la nacionalidad y la soberanía  El presidente del órgano supremo de interpretación y control de la constitucionalidad afirmó que con su labor jurisprudencial el TC seguirá protegiendo la soberanía y la nacionalidad dominicana. Se refirió a sentencias como la TC/0315/15 y la TC/0168/13, que, aseguró, reafirman ese compromiso. “La protección de la dominicanidad por parte del TC no solo ha sido en defensa de la soberanía, se ha manifestado también al establecer los perfiles de adquisición de la nacionalidad, reconocer el carácter único e invariable del Himno Nacional, proteger y reconocer los derechos fundamentales que defienden la Constitución y el Estado de derecho, así como cuidar del patrimonio cultural e histórico de la nación”, destacó Ray Guevara en la Sala Augusta de la Suprema Corte de Justicia (SCJ). Prevenir el soborno  El magistrado Ray Guevara anunció como un logro para el TC la obtención de la certificación del Sistema de Gestión Antisoborno (SGAS), bajo la norma internacional ISO 37001, para prevenir y eliminar prácticas fraudulentas como el soborno.  Explicó que el poder jurisdiccional y, en particular, el TC, tienen que predicar con el ejemplo, dotándose de mecanismos para prevenir y sancionar la corrupción, “que ha golpeado el patrimonio público”. “Sin sala de audiencia” Ray Guevara se lamentó, asimismo, de la situación “deplorable” en la que laboran los 13 jueces del TC que no cuentan si quiera con una sala de audiencia y que por esa razón la actividad de ayer se celebró en la Suprema Corte de Justicia.  Dijo que el edificio Juan Pablo Duarte del tribunal, actualmente en remodelación coloca, incluso en riesgo sus vidas en caso se que se produzca un temblor de tierra. 532 sentencias en 2022 El presidente del TC destacó que durante el año 2022 a ese tribunal ingresó un total de 757 expedientes y se emitieron 532 sentencias, que representa un impacto operativo de un 70 %. En este mes de enero dijo que ya han publicado 80 decisiones. En los once años de la Alta Corte se han dictado 6,300. Escrita por Marisol Aquino. Diario Libre
Poder judicial rinde homenaje a destacados abogados defensores de los luchadores de la resistencia democrática  
Rall

Poder judicial rinde homenaje a destacados abogados defensores de los luchadores de la resistencia democrática  

Presidente de la Suprema Corte hace un llamado a preservar legado: garantías constitucionales y Estado de Derecho  La XXX audiencia solemne en la que 1,286 abogados y abogadas prestaron juramento frente al Pleno de la Suprema Corte, rindió homenaje a destacados juristas que, en el ejercicio de su profesión, arriesgaron sus vidas defendiendo ante los tribunales los derechos de hombres y mujeres que luchaban por la democracia durante las dictaduras.  Los homenajeados fueron Julio Aníbal Suárez, Abel Rodríguez Del Orbe y Ramón Antonio (Negro) Veras, y de manera póstuma Rafael Valera Benítez, Virgilio Bello Rosa, Abraham Bautista, Orlando Rodríguez, Salvador Jorge Blanco, Julio Ibarra Ríos, Manolo Medrano, Sofía Sánchez Baret, Hilda Gautreaux y Héctor Cabral Ortega, así como otros togados que defendieron con la misma gallardía los derechos de los presos políticos en épocas sombrías de tiranía.  Durante la juramentación de 519 abogados y 767 abogadas, realizada de forma presencial y virtual, Henry Molina recordó que esos defensores de presos políticos enfrentaron amenazas, persecución y violencia en defensa de la justicia y los derechos humanos.  “Con este homenaje a estos comprometidos defensores y defensoras de presos políticos, no solo honramos el papel que tuvieron en nuestra historia, sino que ponderamos su legado en nuestro trabajo diario. Y al reconocer su contribución a la construcción de una sociedad más justa y democrática, estamos también haciendo un llamado al Estado dominicano y a toda la sociedad a preservar esas garantías, que son el corazón de nuestro Estado Social y Democrático de Derecho”, afirmó en su discurso el presidente de la Suprema Corte de Justicia, magistrado Henry Molina.  Solicitó “a todos los actores del sistema de justicia, del Estado y a la sociedad en su conjunto, que abordemos juntos esta labor de los jueces, a veces solitaria pero siempre irrenunciable, de preservar los principios y garantías, así como la imparcialidad”.   Asimismo, aseguró que es tarea de todos abordar las necesidades de optimización del sistema penal, dirigiendo la mirada a las causas reales del problema.  “Debemos lograr un sistema de justicia más humano y, sobre todo, capaz de llevar a cabo su función esencial de reintegrar a las personas a la convivencia”, dijo el juez presidente. Agregó que “es necesario reforzar y mejorar el sistema, para lograr condenas efectivas, en el marco del debido proceso y con el respeto a los derechos y garantías constitucionales”.  Abogó también por “aumentar el número de casos que se resuelven acordando la sanción penal sin llegar a juicio de fondo. Así ocurre en la mayoría de los países con sistemas de Justicia funcionales, donde la condena se decide en tiempo oportuno, con eficiencia y eficacia” afirmó el juez presidente.   Indicó igualmente que la justicia tiene el llamado constitucional de ser árbitro de los conflictos entre particulares, y de los particulares con la sociedad representada, pero esa labor es solo posible si las reglas son iguales para todos y todas.  “Rindamos homenaje a estos valientes defensores y defensoras de presos políticos. Honremos su legado y reconozcamos su contribución a la construcción de una sociedad más justa y democrática. Sigamos luchando por un Derecho basado en las garantías personales, en el respeto a los derechos humanos y en la promoción de la justicia para todas y todos”, aconsejó el magistrado Molina.   El magistrado exhortó a los juramentados a ejercer su rol con la misma entrega, compromiso y dignidad con que cada uno de esos juristas lo hicieron en su trayectoria profesional, “pues cada uno de ellos es una roca con la que reforzamos ese pilar que es el Estado de derecho”.  “Como nuevas abogadas y abogados, sin duda comprobarán en los próximos meses y años el valor trascendente que tiene defender la justicia cliente a cliente, caso a caso, sentencia a sentencia, concluyó el Magistrado presidente.   Durante la audiencia solemne representantes del Ministerio Público y la Defensa Pública presentaron calidades ante el Pleno de la SCJ en presencia de los familiares de los homenajeados que se dieron cita a la actividad.  Deja un comentario ComentarioNombreCorreo electrónico Guarda mi nombre, correo electrónico y web en este navegador para la próxima vez que comente.
Jueces de la Tercera Sala de la Suprema Corte de Justicia suscriben Primer Acuerdo Pleno no jurisdiccional
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Jueces de la Tercera Sala de la Suprema Corte de Justicia suscriben Primer Acuerdo Pleno no jurisdiccional

Jueces de la Tercera Sala de la Suprema Corte de Justicia suscriben Primer Acuerdo Pleno no jurisdiccional Los jueces de la Tercera Sala de la Suprema Corte de Justicia (SCJ) suscribieron el Primer Acuerdo Pleno no jurisdiccional que tiene por objeto que dicho instrumento sirva de guía orientadora, ayude a agilizar los procesos y asegure el acceso a la sede de casación. El acuerdo fue suscrito a unanimidad de votos por los jueces que integran la citada sala, magistrados Manuel Alexis Read Ortiz, Manuel Ramón Herrera Carbuccia, Anselmo Alejandro Bello Ferreras, Moisés Ferrer Landrón y Rafael Vásquez Goico. En el mismo se estipulan las exigencias y orden que observará esa sala, que conoce asuntos laborales, de tierra, contencioso tributario y contencioso administrativo, al momento de evaluar la admisibilidad del recurso de casación, de los memoriales de las partes y de los medios de casación. Traza los requerimientos respecto de los puntos de la técnica de casación relacionados con los plazos establecidos en la ley, orden de evaluación de la competencia y los presupuestos de admisibilidad, cuantía de admisibilidad, interés casacional; así como la estructura y contenido del memorial de casación. También estructura y contenido del memorial de defensa, escritos justificativos, casos de inaplicación de la Ley núm. 2-23 que regula el nuevo procedimiento de casación en la República Dominicana, entre otros aspectos. El alcance del acuerdo se limita a establecer las interpretaciones, criterios y pautas que la Corte de Casación exige en la presentación de los recursos de casación que son interpuestos ante ella, sin que esto implique en modo alguno que el mismo tenga por efecto u objeto diferir la aplicación de los presupuestos de admisibilidad, plazos, trámite o cualquier otra disposición objetivamente establecida por la Ley 2-23 sobre procedimiento de casación. Para acceder al documento de manera íntegra diríjase al siguiente enlace: https://poderjudicial.gob.do/wp-content/uploads/2023/09/Primer-acuerdo-pleno-no-jurisdiccional-de-la-Tercera-Sala.pdf
Nueva ley de Casación agiliza los procesos
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Nueva ley de Casación agiliza los procesos

Juez Napoleón Ricardo Estévez Lavandier. El juez Napoleón Estévez Lavandier explicó los cambios aplicados El juez de la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia (SCJ), magistrado Napoleón Ricardo Estévez Lavandier, explicó las novedades de la Ley 2-23 sobre Procedimiento de Casación, la cual asegura, hace ese proceso más expedito.  Al disertar en la conferencia virtual “La Nueva Técnica de la Casación Dominicana”, coordinada por la Escuela Nacional de la Judicatura (ENJ) y en la cual participaron más de 900 personas, explicó que la ley 2-23 es una norma procesal de aplicación inmediata en algunos aspectos competencia de la primera y tercera salas de la SCJ, así como las Salas Reunidas; solo no es aplicable para los procedimientos de recursos de casación en materia penal que se regirá por el Código Procesal Penal.  Estévez Lavandier explicó que la ley es de aplicación inmediata en lo relacionado a la forma, al trámite del recurso de casación, la no necesidad de dictamen del Ministerio Público, de audiencia, entre otros aspectos.  Asimismo, dijo que los artículos 92 y 93 de la nueva legislación, relativos a los plazos para recurrir, los presupuestos de admisibilidad y la tramitación del recurso, establecen que dicha norma no tendrá aplicación respecto de los recursos de casación ya interpuestos o en curso a la entrada su vigencia y seguirán siendo regulados por la antigua ley sobre procedimiento de casación número 3726 de 1953 “En sentido general, esta ley ha venido a regular un procedimiento más expedito, más cónsono con los tiempos, incluso hasta con los medios digitales para poder agilizar el recurso de casación”, consideró el magistrado.  Señaló Estévez Lavandier que entre las novedades figuran la reducción de los plazos de 30 a 20 días hábiles para interponer los recursos de casación de manera ordinaria; mientras que en la materia de referimientos y de embargos inmobiliarios y sus incidentes se reduce a 10 días hábiles a partir de la notificación de la ordenanza.  Asimismo, establece que los recursos de casación deberán ser conocidos en el plazo de seis meses. Publicado en Diario Libre 27/01/2023
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